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La Nacionalidad por residencia es una de las  formas de obtener la nacionalidad en España. Es la que se concede por haber vivido de forma legal y continuada en España durante 10 años inmediatamente anterior a la solicitud. Existen casos en que este periodo de residencia se reduce.

Cinco años: para la concesión de la nacionalidad española a aquellas personas que hayan obtenido la condición de refugiado

Dos años: para los nacionales de países iberoamericanos, Andorra, Filipinas, Guinea Ecuatorial, Portugal o personas de origen sefardí.

Un año:

El que haya nacido en territorio español.   

El que no ejerció debidamente su derecho a adquirir la nacionalidad española por opción.

El que haya estado sujeto legalmente a la tutela (bajo la vigilancia de un tutor), guarda o acogimiento (el acogimiento que permite la reducción de residencia legal a un año es aquél en que existe resolución de la entidad pública que tenga en cada territorio encomendada la protección de menores y los acogimientos que estén judicialmente reconocidos) de un ciudadano o institución españoles durante dos años consecutivos, incluso si continuare en esta situación en el momento de la solicitud.

El que, en el momento de la solicitud, lleve un año casado con un español o española y no esté separado legalmente o de hecho.

El viudo o viuda de española o español, si en el momento de la muerte del cónyuge no estaban separados, de hecho o judicialmente.

El nacido fuera de España de padre o madre, (nacidos también fuera de España), abuelo o abuela, siempre que todos ellos originariamente hubieran sido españoles.

Requisitos tramitación Nacionalidad Española por residencia

Para poder solicitar la Nacionalidad Española por residencia es necesario cumplir una serie de requisitos.

1.- Residencia legal y continuada en España inmediatamente anterior a la solicitud.

2.- Buena conducta cívica y suficiente grado de integración.

3.-Carecer de  antecedentes penales en el país de origen y en España.

4.- Reunir la Documentación necesaria que debe estar en vigor.

5.- Realizar los Exámenes CCSE y DELE en caso de ser necesario.

Tasa

Para solicitar la Nacionalidad Española por residencia se debe abonar una TASA de 104,5€ (precio en el año 2023). Dicho importe puede variar de conformidad con las Leyes de Presupuestos Generales del Estado vigentes.

Exámenes CCSE y DELE Nacionalidad Española por residencia

Los extranjeros que quieran solicitar la Nacionalidad Española por residencia en España deben aprobar el examen de conocimientos constitucionales y socioculturales de España (CCSE), así como el examen DELE Nivel A2, según el caso. La realización de estos exámenes no es obligatoria en todos los casos.

Dispensa Nacionalidad

Las personas que no sepan leer y escribir o tengan dificultades de aprendizaje podrán solicitar la dispensa de estos exámenes al Ministerio de Justicia, siempre que se cumplan con los requisitos. Para más  información leer.

¿Qué debo hacer en caso de que me denieguen la Nacionalidad por residencia?

El supuesto de denegación de la nacionalidad, se puede presentar un recurso de reposición ante la Dirección General de los Registro y del Notariado, así como un recurso contencioso administrativo en la vía judicial.

¿Cómo y dónde puedes tramitar la Nacionalidad Española por residencia?

Contratando los servicios de la Abogada Cristina Griga para representarte del principio al fin del procedimiento,

o bien de forma presencial, por correo postal o por Internet a través de la Sede electrónica del Ministerio de Justicia.

 

Fuente:

https://www.mjusticia.gob.es/es/ciudadania/tramites/nacionalidad-residencia

NOTA IMPORTANTE: Se advierte al lector que en esta entrada trato la materia vigente a la fecha de publicación sin hacerme responsable de futuras modificaciones.

Si necesitas ayuda para tramitar la Nacionalidad Española por residencia en España puedes contactarme a través del FORMULARIO o llamando al (+34) 606 388 884.

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